lunes, 25 de noviembre de 2013

Sentencia del TEDH caso Zubkova vs. Ucrania

La Reforma del Código Penal
nos deja con el culo al aire
El 17 de octubre pasado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso Zubkova vs. Ucrania, corrigiendo la decisión de las autoridades estatales de dar por cerradas las investigaciones sobre el atropello de un ciclista por un minibus. Según el TEDH, la obligación de que los Estados firmantes de la Convención tengan un sistema judicial efectivo no requiere necesariamente que haya un remedio procesal penal si la vulneración del derecho a la vida o a la integridad física no fue causada de manera intencionada. [Esto es importante, porque en la próxima reforma de nuestro Código Penal dejará de ser delito el homicidio por imprudencia no grave, lo cual obligará a los familiares de las víctimas a buscar una reparación económica y moral por la vía civil, que está desde hace poco sujeta al pago de importantes tasas judiciales]*.

*Este despenalización es lo que buscan las aseguradoras para dejar de pagar indemnizaciones por atropello y forzar a los ciclistas a contratar un seguro para poder reclamar daños.

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