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lunes, 6 de abril de 2020

Restricciones al uso de la bicicleta


Hemos tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación y las redes sociales, de diferentes incidentes entre policía y ciclistas que usan la bicicleta como medio de transporte. A pesar de que en otros países como Alemania, Francia y tDinamarca, entre otros, se permite el uso lúdico de la bicicleta, en España se limita el uso para desplazamientos esenciales. Aún así, muchos ciudadanos han reportado desencuentros con las FFSS del Estado que no estaban muy al tanto de la norma, así como ciudadanos preocupados, que denuncian a ciudadanos ciclistas, independientemente del uso que estén haciendo del vehículo de dos ruedas. 

El RD 463/2020 no prohíbe el uso de la bicicleta como medio de transporte durante el estado de alarma, puesto que no se trata de un estado de sitio o excepción, aunque en ocasiones lo parezca. Los juristas del Estado avalan el uso de cualquier medio de transporte para los desplazamientos esenciales. 
Por otro lado, es difícil explicar el hecho de que se hayan retirado las bicicletas de uso público, mientras que los coches compartidos se mantienen. Este dato apunta la mentalidad imperante.

jueves, 19 de junio de 2014

El Tribunal Supremo alemán dictamina que los ciclistas sin casco no son culpables de sus lesiones

El más alto tribunal de Alemania de apelación ha dictaminado que los ciclistas que sufren trauma en la cabeza en un accidente no se considerarán automáticamente parcialmente responsable por no llevar el casco. El uso del casco no es obligatorio. El fallo de la Corte Federal de Justicia el martes, que revocó una sentencia de primera instancia, significa que los ciclistas en Alemania pueden optar por no usar un casco sin ningún temor de desventaja financiera si están involucrados en un accidente. Sólo el 15 por ciento de los ciclistas usan casco en Alemania.

El fallo del tribunal de apelaciones se refería a un caso de 2011: una mujer de 61 años,  yendo al trabajo, fue derribada de su bicicleta cuando un pasajero en un automóvil estacionado abrió la puerta a su paso. Sufrió lesiones graves en la cabeza y pasó meses en el hospital. La compañía de seguros del propietario del vehículo ha querido reducir su pago en un 20 por ciento a la mujer, alegando que ella tenía cierta responsabilidad por sus lesiones por no usar casco. 
De acuerdo con la compañía de seguros, un tribunal local en el norteño estado alemán de Schleswig-Holstein dijo que "una persona decente y razonable usaría un casco para reducir el riesgo de lesiones." La mujer apeló la decisión y fue escuchada por la Corte Federal.

Acogiendo con satisfacción la decisión del martes, Burkhard Stork, el director nacional de la Asociación Ciclista Alemana (CDA), "los 30 millones de personas que usan la bici cada día pueden decidir por sí mismos si deben usar un casco o no." El ministro de Transporte Alexander Dobrindt de acuerdo: "los cascos pueden proporcionar seguridad y reducir las lesiones en caso de accidente, pero queremos libertad de elección..."

lunes, 25 de noviembre de 2013

Sentencia del TEDH caso Zubkova vs. Ucrania

La Reforma del Código Penal
nos deja con el culo al aire
El 17 de octubre pasado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso Zubkova vs. Ucrania, corrigiendo la decisión de las autoridades estatales de dar por cerradas las investigaciones sobre el atropello de un ciclista por un minibus. Según el TEDH, la obligación de que los Estados firmantes de la Convención tengan un sistema judicial efectivo no requiere necesariamente que haya un remedio procesal penal si la vulneración del derecho a la vida o a la integridad física no fue causada de manera intencionada. [Esto es importante, porque en la próxima reforma de nuestro Código Penal dejará de ser delito el homicidio por imprudencia no grave, lo cual obligará a los familiares de las víctimas a buscar una reparación económica y moral por la vía civil, que está desde hace poco sujeta al pago de importantes tasas judiciales]*.

*Este despenalización es lo que buscan las aseguradoras para dejar de pagar indemnizaciones por atropello y forzar a los ciclistas a contratar un seguro para poder reclamar daños.

jueves, 21 de noviembre de 2013

POR UNA VERDADERA REFORMA DE LA LEY DE TRÁFICO

Foto: Manuel Martín
El Gobierno de España acaba de remitir al Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley por el que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. 

Dicho proyecto de Ley, como su propia exposición de motivos reconoce, se reduce a “un ajuste en varios preceptos del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que no presentan un hilo argumental común ”. La remisión al Congreso de los Diputados de dicho Proyecto de Ley sucede a escasos meses de que la Dirección General de Tráfico (DGT) presentara un proyecto de reforma del Reglamento General de Circulación que incluía preceptos -  como la ampliación de ciertos límites de velocidad o la obligatoriedad del casco ciclista en zonas urbanas – que exigían para su aprobación de una reforma previa de la Ley. 

Parece evidente, pues, que estamos ante un Proyecto de Reforma de la Ley de Tráfico cuyo principal objetivo, si no el único, es ofrecer cobertura legal a los deseos de la DGT. Un Proyecto de Reforma elaborado aprisa y corriendo, con notables defectos de forma que ya han sido señalados en la enmienda a la totalidad que las asociaciones ciclistas promovemos y que no es necesario repetir ahora. 

Ante dicha situación, las asociaciones firmantes creemos que sí es necesario acometer una reforma de la vigente Ley de Tráfico, en vigor desde hace más de 20 años, que la adecúe a la realidad de los tiempos que corren, y que nada tiene que ver con los sucesivos retoques puntuales a que ha sido sometida desde su aprobación en 1990, de los que el actual Proyecto de Reforma es una buena muestra. 

Que la vigente Ley de Tráfico es una norma obsoleta lo evidencia su propio título: “Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial” (el subrayado es nuestro), así como su Artículo Primero donde se establece el objeto de la Ley: “La presente Ley tiene por objeto establecer una regulación legal en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. ”

No es de recibo, en los tiempos que corren, que una de las leyes que mas afectan a la convivencia en la vía pública se limite a regular el “tráfico” y la circulación de “vehículos a motor”, ignorando la movilidad activa (a pie o en bicicleta), uno de los pilares de todo proyecto de movilidad sostenible. Tampoco lo es que reduzca la gestión de la movilidad a la regulación del tráfico, y mucho menos que ello se haga principalmente desde el punto de vista de los vehículos a motor. Ni que la “seguridad vial” se aborde desde una visión reduccionista que da por sentada la preeminencia del tráfico motorizado e ignora los beneficios que para la salud pública y el medio ambiente se derivarían del fomento de la movilidad a pie o en bicicleta. 

Como botón de muestra de lo dicho anteriormente: La palabra “movilidad” solo aparece en el texto refundido de la vigente Ley de Tráfico en relación con la movilidad reducida de las personas con alguna discapacidad, un concepto importante sin duda, pero que no agota ni mucho menos el significado que al término “movilidad” se le otorga hoy en día. En cuanto a las palabras “sostenibilidad” y “sostenible” no aparecen ni una sola vez en todo el texto. 

Necesitamos una reforma en profundidad de la vigente Ley de Tráfico que adecúe sus contenidos a los compromisos en favor de una movilidad mas sostenible contenidos en las directrices en materia de transporte, movilidad y seguridad vial de la Unión Europea. Asimismo debe incluir las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, recientemente expresadas en su informe “Global Status Report on Road Safety, 2013”, para promover la movilidad activa y mejorar la seguridad de peatones y ciclistas. 

Es evidente que el Proyecto de Reforma presentado por el Gobierno carece de la ambición necesaria para cumplir dichos objetivos. En consecuencia, solicitamos de los Partidos Políticos con presencia en el Congreso de los diputados su compromiso para: 

Apoyar la enmienda a la totalidad promovida desde las asociaciones ciclistas y exigir la retirada del Proyecto de Reforma de la Ley de Tráfico presentado por el Gobierno
Promover, en cuanto la mayoría parlamentaria lo permita, una verdadera Reforma de la Ley de Tráfico, que incluya entre sus objetivos la promoción de la movilidad sostenible y de los modos mas saludables (a pie y en bicicleta).